Seminario de Aspectos Legales Empresariales

18 enero 2007

El Impuesto Sobre la Renta es aquel impuesto aplicado sobre los enriquecimientos anuales obtenidos por las personas naturales o jurídicas (Glosario de términos, SENIAT)

Podríamos también complementar diciendo que el El Impuesto Sobre la Renta grava la ganancia que produce una inversión o la rentabilidad del capital. También puede ser el producto del trabajo bajo relación de dependencia o lo producido por el ejercicio de una profesión liberal.


CARACTERÍSTICAS DEL I.S.L.R.

Ø Representa un pago forzoso
Ø Se crea mediante un instrumento legal
Ø Es un pago definitivo e irreversible
Ø No se prevé una contraprestación inmediata para quien lo paga

OBLIGACIÓN DE PERSONAS NATURALES RESIDENTES Y NO RESIDENTES.

1- Contribuyentes Residentes o domiciliados en Venezuela: De acuerdo al Artículo 51 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, son aquellas cuya estadía en el país excede de 180 días durante el ejercicio anual, si permanece menos de este tiempo se le considera como no residente, a los fines del Impuesto sobre la Renta. También son residentes aquellas personas que en el ejercicio inmediatamente anterior, hayan permanecido en el país más de 180 días.

2- Contribuyentes no Residentes o no domiciliados en el país: Son aquellas personas naturales que hayan permanecido menos de 180 días en el país, durante un ejercicio anual.

Las personas naturales no residentes tributan por cualquier suma que perciban, con excepción de las rentas sujetas a retención total que son sueldos y salarios, renta profesional y dividendos.

A los no residentes asalariados, se les debe retener el 34% sobre el total de las remuneraciones que perciban, el mismo porcentaje se retendrá cuando se trate de renta profesional. En este caso tales contribuyentes no gozan de rebajas de impuesto ni desgravámenes que se les concede a los residentes que cobren sueldos y honorarios profesionales.

CONTRIBUYENTES Y PERSONAS SOMETIDAS AL PAGO

Según el Artículo 7. de la Ley de Impuesto Sobre la Renta Están sometidos al régimen impositivo previsto en esta Ley:

a) Las personas naturales;

b) Las compañias anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada;

c) Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregularidades o de hecho;

d) Los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalistas y quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados;

e) Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores.

f) Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional.


EXENCIONES Y EXONERACIONES:

Las exenciones representan ventajas fiscales, que benefician al contribuyente establecidas en el art. 14 d la Ley de I.S.L.R, mientras que las exoneraciones también representan dicha ventaja pero son establecidas por el Ejecutivo Nacional